Los TRATAMIENTOS SANITARIOS ESTÉTICOS SIN CIRUGÍA, corporales o faciales, se llaman MEDICINA ESTÉTICA y debe realizarlos un MÉDICO (Real Decreto 1277 / 2003).
https://www.xesusgonzalez.com/2024/04/los-tratamientos-esteticos-sin-cirugia.html
La ley dice que, en el ámbito sanitario, los TRATAMIENTOS NO QUIRÚRGICOS con FINALIDAD de MEJORA ESTÉTICA, corporal o facial, se denominan MEDICINA ESTÉTICA, su código es U.48, y debe realizarlos un MÉDICO.